Por:
Gabriel Alejandro Molano Rojas, Especialista de Comunicaciones
Sandra Milena Pedraza Pedraza, Especialista del Sistema de Salud y Seguridad en el Trabajo
El Ministerio del Trabajo Colombia emitió la Circular 0034 del 30 de marzo de 2026, mediante la cual establece el procedimiento para el reporte de autogestión del Plan Estratégico de Seguridad Vial (PESV) – Misionalidad 2, correspondiente al año 2025, dirigido a entidades públicas y privadas cuyas actividades son diferentes al transporte terrestre automotor.
Esta disposición es especialmente relevante para las empresas del sector palmero colombiano, que, aunque no tienen como actividad principal el transporte, utilizan vehículos propios, contratados o de terceros para el desarrollo de sus operaciones productivas, técnicas y logísticas.
¿A quién aplica este reporte en el sector palmero?
La circular aplica a organizaciones que:
- No prestan servicio de transporte como actividad principal
- Utilizan vehículos dentro de su operación
- Cuentan con conductores propios o contratistas
- Movilizan trabajadores o realizan desplazamientos laborales frecuentes
Empresas públicas o privadas cuya actividad no es el transporte, pero que:
- Tienen flota propia o no propia mayor a 10 vehículos
- Tienen conductores al servicio de la organización (Misionalidad 2)
Según la circular, estas organizaciones deben realizar el reporte anual de autogestión del PESV, conforme a la metodología definida por el Ministerio de Transporte mediante la Resolución 20223040040595 de 2022.
Fecha límite para realizar el reporte
De manera excepcional, el Ministerio del Trabajo estableció que el plazo máximo para presentar el reporte correspondiente al año 2025 será el 30 de mayo de 2026.
Para los años siguientes, el reporte deberá realizarse antes del 31 de enero de cada año, de acuerdo con la normativa vigente.
¿Cómo realizarlo?
Las organizaciones deben diligenciar el formulario dispuesto por el Ministerio del Trabajo a través del Formulario de reporte de autogestión PESV PARTE 1.
Este reporte permite registrar los resultados de la medición y análisis de los indicadores de gestión del PESV con corte al 31 de diciembre de 2025, como parte del proceso anual de seguimiento a la implementación del plan estratégico de seguridad vial.

Seguridad vial: un componente clave para la sostenibilidad del sector
En las zonas palmeras, donde las operaciones dependen en gran medida de la movilidad en vías rurales y terciarias, la gestión del riesgo vial es un componente esencial del bienestar laboral y la productividad.
Por ello, el cumplimiento del reporte del PESV no solo responde a un requisito normativo, sino que contribuye a fortalecer la cultura de prevención, reducir la accidentalidad laboral y avanzar hacia entornos de trabajo más seguros en toda la cadena productiva del sector palmero colombiano.


